EMILIA VICENT MARTI a correos

EMILIAVICENT MARTI,  CON D.N.I. Nº 25377582-A;CON DOMICILIO EN MONTSERRAT (VALENCIA) URB. NTRA. SRA. DE LA ASUNCIÓN, 192,TELEFONO: 962999375, email: abmontserrat@retemail.es

 

EXPONE:

 

Con fecha de hoy, 02 de julio de2007, y después de trascurridos muchos días sin recibir correo, correo muyimportante para mi y mi familia, me persono en la oficina de correos deMontserrat y se me trata de manera maleducada y desconsiderada por parte de losempleados de correos, que de alguna forma contribuyo al pago de sussalarios  y demuestran una falta desensibilidad y educación que no se corresponde con unas personas que dan servicioal publico.

 

Preguntando por si existe algunacarta o paquete postal, dirigida a mi domicilio, donde residimos además de yo,mi marido, mis 4 hijos y mi madre, se me entrega un paquete de cartas queordenadas por orden alfabético , se me indica que lo busque yo.

 

Ya hace algunos años vengoreclamando el reparto domiciliario por encontrarme en zona urbana y disponer dedirección en mi DNI como marca la legalidad vigente.

 

Recientemente recibo escrito deFomento exponiendo los motivos por los que no se me repartir el correo y realizoescrito a Ayuntamiento para que se identifique la calle y el número de lasviviendas, pues actualmente estamos en una fase de terminación de unas obras deun PAI.

 

Como consecuencia de nuestrasreclamaciones ante la Dirección Provincial de Correos, se nos informó que se nosdarían facilidades para que se guardaran en lista de correos nuestracorrespondencia, esto ha sido así hasta hace unos dos meses, que ya no ocurre ydesconocemos los motivos.

 

Los casilleros instalados en laurbanización, igual que otros muchos, son casilleros que además de ilegales,están zonas verdes de propiedad comunitaria y se realizaron sin licencia nipermisos de obras, es mi intención solicitar la demolición de los mismos.

 

Ante los comentarios de mala educación de los empleados decorreos, además de la sensación que me han dado de que dedican a provocarenfrentamientos entre mis vecinos, acusándonos de que la culpa de no recibir elcorreo domiciliario es nuestra, de deduce que la difamación es su fuerte enlugar de cumplir con sus tareas de reparto y/o guarda de correspondencia, esmas nos han amenazado que todo el correo que no este dirigido a lista decorreos, será devuelto, como así sospecho esta ocurriendo. Es por lo que:

SOLICITO:

Se me de explicación veraz delas posibilidades de retirar mi correo, de forma provisional, como se veniahaciendo hasta ahora, y digo provisional, porque no cejamos en nuestro empeñopara el reparto sea domiciliario y para ello estamos solicitando se ponganplacas de las calle y nos den números de vivienda actualizado.

Correos valencia

Se les recrimine a estosempleados para que la actuación maleducada, despótica y difamante, no se vuelvaa dar.

 

Se me informe sobre lasdecisiones que se tomen a partir de este escrito.

 

Montserrat 02 de julio de 2007

 

 

            EmiliaVicent Marti

 

 

CORREOS 1 MONTSERRAT

ANTONIO BADÍA MOLINA, MAYOR DE EDAD; CON D.N.I. Nº 19866049-Y;CON DOMICILIO EN MONTSERRAT(VALENCIA), URB. NTRA. SRA. DE LA ASUNCIÓN, 192,TELEFONO: 962999375, email: abmontserrat@retemail.es

 

EXPONE:

  Con fecha 07de noviembre de 2006, les remiti escrito que acompaño, no habiendo recibidorespuesta y no sabiendo que datos comunicar a Fomento , para definir midirección de correo,

 

. Es por lo que:

 

SOLICITO:

 

Respuestacomo por ley corresponde

 

  Se lleven a cabo las actuaciones pertinentespara que se cumplan las condiciones exigidas por la Ley de Correos y poderacceder al derecho de recibir la correspondencia en mi domicilio, igual queotros ciudadanos de este Municipio que si gozan de este derecho.

 

 

 

Agradecería que de cualquier resolución que se adoptepor parte de este Ayuntamiento, se me remitiera copia.

 

                                                                 Montserrat a 22 de marzo de 2007

                                                                                   

                                                                     

 

 

 

                                                                                            Antonio Badía Molina

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SR.ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MONTSERRAT

 

ANTONIO BADÍA MOLINA, MAYOR DE EDAD; CON D.N.I. Nº 19866049-Y;CON DOMICILIO EN MONTSERRAT(VALENCIA), URB. NTRA. SRA. DE LA ASUNCIÓN, 192,TELEFONO: 962999375, email: abmontserrat@retemail.es

 

EXPONE:

  Como consecuencia de mi queja ante elMinisterio de Fomento, con relación a la falta de distribución domiciliaria decorreos, como así lo recogen los derechos de los ciudadanos, recibo escritoindicándome que:

 

1 °,- Respecto dela urbanización

 

Los viales son públicos y no están rotulados y el Ayuntamiento considerala urbanización como zona de vivienda dispersa, (este ciudadano no llega aentender esta consideración municipal)

La entrega de los envíos postales a domicilioplantea dificultades, porque la urbanización y una mayor parte de los viales yde las viviendas no están identificados. Las viviendas identificadas loestarían con el número de parcela y éste no es correlativo ni sigue un ordenlógico.

La entrega de los envíos postales ordinarios se está realizandoen dos baterías de casilleros concentrados pluridomiciliarios situadas en ellugar determinado por los vecinos. ( Debo decir que por algunos vecinos einstalados y construidos de forma ilegal) Los envíos postalescertificados se entregan en los respectivos domicilios, cuando las señasconsignadas permiten su identificación.

La vivienda del Sr. Badía tiene instalado uncasillero domiciliario junto a la entrada principal, pero ésta carecería delnúmero de policía que debe asignar el Ayuntamiento y lacalle en la que está ubicada, tampoco dispone de un rótulo con su nombre.

El Ayuntamiento de Monserrat tiene firmado unconvenio de colaboración con Correos para la forma de atender el serviciopostal en las urbanizaciones del municipio, que contempla la entrega de losenvíos postales ordinarios en buzones concentrados pluridomiciliarios.

¿Qué derecho tiene el Ayuntamiento para llegar aacuerdos sobre mis derechos individuales y legalmente reconocidos?

 

2°,- Forma de prestar el servicio postal:

 

La entrega de los envíos postales ordinarios porparte de Correos ha de hacerse en la dirección postal señalada en la cubierta,con carácter general, entendiéndose por dirección, la identificación deldestinatario por su nombre y apellidos, así como las señas de un domicilio olos datos que reglamentariamente se prevean para la entrega de los envíos enlas Oficinas Postales y queda condicionada a la rotulación oficial de lascalles y a la disposición de un número de policía en las viviendas, que han deser visibles, debiendo disponer, además, las viviendas unifamiliares de uncasillero domiciliario individual situado cerca de la primera puerta de entradao sobre ella.

ElReal Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamentopor el que se regula la Prestación de los Servicios Postales, dispone que el domicilio es elconjunto de datos geográficos que permiten identificar el lugar de entrega delos envíos, componiéndose de los siguientes elementos:

 

a) Tipo y denominación de la vía pública: nombre queidentifique la calle, plaza, avenida, camino o carretera u otros.

b) Número de la finca: el que haya sido asignado por elAyuntamiento de la localidad dentro de los existentes en la vía pública.

c) Datos de la vivienda o local: los que identifican alinmueble de forma singularizada en la inscripción existente en el Registro dela Propiedad.

d) Número de casillero domiciliario postal a continuaciónde las letras “CD”

e) Localidad: nombre de la población.

f) Código postal: el asignado a cada dirección postal

 

Por lo que respecta a la vivienda de su propiedad, entiendeesta Subdirección General que no reúne las condiciones establecidas por lalegislación postal para que la entrega de los envíos postales ordinarios puedaefectuarse en su domicilio, procediendo, según la normativa vigente, que laentrega de estos envíos se efectúe por Correos en la oficina postal máscercana, dando aviso al reclamante del horario en que podrán ser retirados losenvíos.

Estos extremos mencionados en los párrafos anteriores,quedan condicionados a la subsistencia de las actuales circunstancias, debiendoser comunicada cualquier variación de la presente situación, a efectos de quese proceda a una nueva apreciación de la misma por el órgano regulador.

 

. Es por lo que:

 

SOLICITO:

 

  Se lleven a cabo las actuaciones pertinentespara que se cumplan las condiciones exigidas por la Ley de Correos y poderacceder al derecho de recibir la correspondencia en mi domicilio, igual queotros ciudadanos de este Municipio que si gozan de este derecho.

 

Agradecería que de cualquier resolución que se adoptepor parte de este Ayuntamiento, se me remitiera copia.

 

                                                                 Montserrat a 07 de noviembre de 2006

                                                                                   

                                                                     

 

 

 

                                                                                            Antonio Badía Molina

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SR.ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MONTSERRAT

correos en MONTSERRAT- VALENCIA

ANTONIO BADÍA MOLINA, MAYOR DE EDAD; CON D.N.I. Nº19866049-Y; CON DOMICILIO EN MONTSERRAT(VALENCIA), URB. NTRA. SRA. DE LAASUNCIÓN, 192, TELEFONO: 962999375, email: abmontserrat@retemail.es

 

EXPONE:

  Como consecuencia de mi queja ante elMinisterio de Fomento, con relación a la falta de distribución domiciliaria decorreos, como así lo recogen los derechos de los ciudadanos, recibo escritoindicándome que:

 

1 °,- Respecto dela urbanización

 

Los viales son públicos y no están rotulados y el Ayuntamiento considerala urbanización como zona de vivienda dispersa, (este ciudadano no llega aentender esta consideración municipal)

La entrega de los envíos postales a domicilioplantea dificultades, porque la urbanización y una mayor parte de los viales yde las viviendas no están identificados. Las viviendas identificadas loestarían con el número de parcela y éste no es correlativo ni sigue un ordenlógico.

La entrega de los envíos postales ordinarios se está realizandoen dos baterías de casilleros concentrados pluridomiciliarios situadas en ellugar determinado por los vecinos. ( Debo decir que por algunos vecinos einstalados y construidos de forma ilegal) Los envíos postalescertificados se entregan en los respectivos domicilios, cuando las señasconsignadas permiten su identificación.

La vivienda del Sr. Badía tiene instalado uncasillero domiciliario junto a la entrada principal, pero ésta carecería delnúmero de policía que debe asignar el Ayuntamiento y lacalle en la que está ubicada, tampoco dispone de un rótulo con su nombre.

El Ayuntamiento de Monserrat tiene firmado unconvenio de colaboración con Correos para la forma de atender el serviciopostal en las urbanizaciones del municipio, que contempla la entrega de losenvíos postales ordinarios en buzones concentrados pluridomiciliarios.

¿Qué derecho tiene el Ayuntamiento para llegar aacuerdos sobre mis derechos individuales y legalmente reconocidos?

 

2°,- Forma de prestar el servicio postal:

 

La entrega de los envíos postales ordinarios porparte de Correos ha de hacerse en la dirección postal señalada en la cubierta,con carácter general, entendiéndose por dirección, la identificación deldestinatario por su nombre y apellidos, así como las señas de un domicilio olos datos que reglamentariamente se prevean para la entrega de los envíos enlas Oficinas Postales y queda condicionada a la rotulación oficial de lascalles y a la disposición de un número de policía en las viviendas, que han deser visibles, debiendo disponer, además, las viviendas unifamiliares de uncasillero domiciliario individual situado cerca de la primera puerta de entradao sobre ella.

ElReal Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamentopor el que se regula la Prestación de los Servicios Postales, dispone que el domicilio es elconjunto de datos geográficos que permiten identificar el lugar de entrega delos envíos, componiéndose de los siguientes elementos:

 

a) Tipo y denominación de la vía pública: nombre queidentifique la calle, plaza, avenida, camino o carretera u otros.

b) Número de la finca: el que haya sido asignado por elAyuntamiento de la localidad dentro de los existentes en la vía pública.

c) Datos de la vivienda o local: los que identifican alinmueble de forma singularizada en la inscripción existente en el Registro dela Propiedad.

d) Número de casillero domiciliario postal a continuaciónde las letras “CD”

e) Localidad: nombre de la población.

f) Código postal: el asignado a cada dirección postal

 

Por lo que respecta a la vivienda de su propiedad,entiende esta Subdirección General que no reúne las condiciones establecidaspor la legislación postal para que la entrega de los envíos postales ordinariospueda efectuarse en su domicilio, procediendo, según la normativa vigente, quela entrega de estos envíos se efectúe por Correos en la oficina postal máscercana, dando aviso al reclamante del horario en que podrán ser retirados losenvíos.

Estos extremos mencionados en los párrafos anteriores,quedan condicionados a la subsistencia de las actuales circunstancias, debiendoser comunicada cualquier variación de la presente situación, a efectos de quese proceda a una nueva apreciación de la misma por el órgano regulador.

 

. Es por lo que:

 

SOLICITO:

 

  Se lleven a cabo las actuaciones pertinentespara que se cumplan las condiciones exigidas por la Ley de Correos y poderacceder al derecho de recibir la correspondencia en mi domicilio, igual queotros ciudadanos de este Municipio que si gozan de este derecho.

 

Agradecería que de cualquier resolución que seadopte por parte de este Ayuntamiento, se me remitiera copia.

 

                                                                 Montserrat a 07 de noviembre de 2006

                                                                                   

                                                                    

 

 

 

                                                                                            Antonio Badía Molina

SR.ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE MONTSERRAT

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